miércoles, 28 de diciembre de 2016

Plan Renove

de Ventanas

2017



Por fin se publica el plan renove de ventanas de la Comunidad edición 2017, con una dotación de 800.000€ y un incentivo de 70 € por cada m2 de superficie de vidrio instalado en ventanas de alta eficiencia energética. El plan estará disponible hasta el 30 de junio de 2017 pero es muy probable que los fondos no lleguen a marzo, dada su baja dotación para una ciudad como Madrid.
Como novedad indicar que la Comunidad de Madrid entra a controlar el apartado de instalaciones, un acierto ya que en este aspecto existían bastantes deficiencias. Y una buena ventana con una mala instalación de convierte en una mala ventana.

Las parámetros mínimos para poder acogerse a la ayuda son:

Los requisitos que deben cumplir la sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento con posibilidad de incorporar capialzado) para poder recibir el descuento del Plan Renove son los siguientes:
  1. Las ventanas que se instalen deben ser nuevas, lo que se acreditará mediante la factura correspondiente, y tener como destino viviendas o edificios del sector terciario de la Comunidad de Madrid.
  2. En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación; dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove que realice la sustitución.
  3. Que la superficie mínima de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud de ayuda será de al menos 2 m2.
  4. Que cumpla las características técnicas siguientes:
    1. Los marcos y hojas deberán ser de PVC, madera, metálicos o mixtos.
    2. En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
    3. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, tenga una transmitancia térmica (U) menor a 1,5 W/m2 · K, el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2 · K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
    4. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, tenga una transmitancia térmica (U) mayor o igual a 1,5 W/m2 · K e inferior o igual a 2,0 W/m2 · K, el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer:
      • O un valor de U menor a 1,0 W/m2 · K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
      • O un valor de U igual a 1,0 W/m2 · K e intercalario polimérico (de prestaciones térmicas mejoradas), estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
    5. Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
    6. En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), que el cajón de persiana tenga permeabilidad al aire clase 4 e incorpore aislante térmico, de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 · K.
    7. En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva.
    8. En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
    9. Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje y el cajón de persiana deberán estar incluidos en la base de datos de la web habilitada a tal efecto.
    10. El montaje de la carpintería se realizará con anclajes y bandas o cintas expansivas clase BG1 y BGR: estanqueidad al agua mayor o igual a 600 Pa según la DIN 18542, con un ancho de banda igual al espesor de la ventana menos unos 6 mm, así como los elementos de sujeción que garanticen la seguridad de la misma.
  5. Todos los suministradores deberán presentar los certificados y ensayos (Completos) según norma para poder incluir sus marcos, vidrios y persianas a la base de datos.
  6. Para acogerse al Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid tanto el beneficiario como el instalador deben firmar el Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) y el anexo correspondiente en el que aparecen las características de los productos utilizados en la instalación. Ambos documentos son enviados por correo electrónico al instalador en el momento de dar de alta el expediente de dicha instalación.
No se considerará actuación susceptible de ayuda:
  • Las ventanas ubicadas en paramentos no verticales.
  • Los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías


domingo, 14 de febrero de 2016

INCumplimiento Directiva para reducción de consumo energético 2020


Noticia de la OCU que lamentamos ya que se nos hacia difícil antes de esta noticia, el pensar que podemos llegar al cumplimiento de reducción de un 20% del consumo de energía de la Unión Europea en el año 2020. Como siempre a la cola de Europa.

"El Gobierno no cumple con sus obligaciones en materia de eficiencia energética", denuncia la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), al comprobar que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo llevará este viernes al Consejo de Ministros, para su aprobación e inmediata publicación en el BOE, un borrador de Real Decreto de Eficiencia Energética del que se eliminan la obligación de contar con sistemas de medición individual de calefacción.

Como ya denunciase OCU el pasado mes de julio, el gobierno español estaba incumpliendo su obligación de trasponer la Directiva Europea de Eficiencia Energética (Directiva 2012/27/UE), la cual establecía como fecha límite para esta transposición la del mes de junio de 2014. Este incumplimiento había provocado de hecho el inicio de un expediente sancionador por parte de la Comisión Europea contra España en el mes de octubre pasado.

Con el envío del texto de real decreto al Consejo de Ministros el ministerio de Industria, Energía y Turismo parece querer frenar este expediente sancionador, sin embargo, desde OCU se denuncia que desaparecen del articulado los artículos que transponían las previsiones de la directiva comunitaria en materia de individualización y control de los consumos energéticos en comunidades de vecinos.

miércoles, 9 de septiembre de 2015

Se aprueba el plan renove de ventanas País Vasco 2015

¿Cuál es el período de vigencia de esta Convocatoria de ayudas para el período 2015?
Desde el día siguiente a su publicación en el BOPV y hasta el agotamiento del presupuesto.

¿A quién va dirigido?

A personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda habitual, la cual deberá estar ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

¿Qué actuaciones son subvencionables?

La sustitución de aquellas ventanas, o puertas ventana, que separen los recintos calefactados del ambiente exterior por otras de elevada eficiencia energética. Las nuevas ventanas deberán cumplir las siguientes condiciones técnicas:

Contar con marcado CE. En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico. El doble acristalamiento estará formado por vidrios con aislamiento térmico reforzado (ATR) y deberá tener:       - un valor de transmitancia térmica (Ug) inferior o igual a 1,40 W/m2.K.
- un espesor de cámara igual o superior a 14 mm.
Todos los huecos acristalados deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda, no siendo objeto de subvención aquellas ventanas ubicadas en los cerramientos interiores de la vivienda (cerramientos de división de las distintas estancias dentro de la vivienda).
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será del 22% de la inversión realizada por dicho concepto, siendo el coste máximo subvencionable por cada m2 de ventana de 400 euros. El porcentaje de subvención sobre la inversión total será inferior al 22% cuando el precio/m2 de ventana sea superior a 400 €, considerándose entonces como inversión subvencionable el producto resultante de los m2 de ventana totales renovados por el coste máximo subvencionable de 400 €

Entrega de documentación:

Las solicitudes se presentarán en las oficinas del EVE, ó se enviarán por correo certificado a la siguiente dirección:

EVE ? Ente Vasco de la Energía
Apdo. Correos 5020
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urquijo, 36 ? 1ª planta
48011 Bilbao

Ref.: RENOVE VENTANAS 2015.

Más información en el documento de Bases que se muestra al inicio y en el teléfono 94 403 5600.
El horario para la entrega presencial de documentación en oficinas del EVE es:
de lunes a jueves de 8:30 horas a 13:30 horas y de 15:00 horas a 17:30 horas. el viernes de 8:30 horas a 13:30 horas.http://eve.es/Programas-de-ayuda/Plan-renove-ventanas-2015.aspx#

martes, 30 de junio de 2015

PLAN RENOVE VENTANAS GALICIA 2015


Se inicia el plan renove de ventanas 2015 con una dotación de 1.507.084 € con ayudas de 100€ m2 de hueco con un limite de 3.000€ por vivienda.
La fecha de finalización es el 30 de Octubre del 2015 
 
 
Las entidades colaboradoras del Plan renove de ventanas son las encargadas de tramitar la solicitud (hacer la reserva de los fondos, presentar la solicitud y presentar la documentación justificativa de la actuación). Las entidades colaboradoras contarán con un plazo de 5 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden para solicitar la su adhesión
 
- El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará 25 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 30 de octubre de 2015.
 
- Actuaciones, gastos subvencionables y cuantía de las ayudas:
 
Será subvencionable la renovación de ventanas que formen parte de la envolvente térmica del edificio por la compra de nuevas ventanas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:
 
Disponer de marcado CE conforme a la norma UNE EN 14351 - 1: 2006.
Exigencias mínimas de eficiencia energética:
 
a) Opción A: carpintería de madera o PVC y acristalamiento que cumpla alguno de los siguientes requisitos:
a.1. Doble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior para vidrios normales.
a.2. Doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con cristal bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).
 
b) Opción B: carpintería metálica con rotura de puente térmico de 12 mm o superior con doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con acristalamiento bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).
 
En todo caso, la instalación de estas carpinterías deberán cumplir con la exigencia mínima establecida en el Código técnico de la edificación que corresponda y según lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el documento básico DB - HE «Ahorro de energía», del Código técnico de la edificación, aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.
 
Será subvencionable la colocación de una nueva ventana paralela a la existente (doble ventana), siempre y cuando esta nueva ventana satisfaga los requisitos energéticos citados.
 
- La cuantía de la ayuda ascenderá a un máximo de 100 € / m2 de hueco, con unos límites de 3.000 € por vivienda unifamiliar / piso. Para el caso de comunidades de propietarios o edificios de viviendas, la ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso, con el máximo de 50.000 € por edificio. En cualquiera caso, la cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25 % del coste total de la obra.
 
- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas propietarias o titulares de cualquier derecho sobre inmuebles del sector residencial y comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que la actuación subvencionable descrita en el artículo 3 se realice en viviendas sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
 
- En los 150 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de la concesión de la ayuda a través de la aplicación informática, y nunca más allá del 30 de octubre de 2015, la entidad colaboradora tiene que realizar la obra y presentar la documentación justificativa de la actuación.
 
La documentación justificativa de la actuación subvencionable que la entidad colaboradora tiene que remitir a la DGEM es la siguiente:
 
• Documentación justificativa de la marca CE (declaración prestaciones-etiqueta).
• Original o copia compulsada de la factura justificativa.
Se aceptará la etiqueta de eficiencia energética de la ventana.
 

martes, 14 de abril de 2015

¿Por que destinar dinero público a los planes Renove?

El 24 % del consumo energético corresponde a las viviendas familiares. La unión Europea aprobó en 2007 el paquete de Energía y clima, que establece el objetivo de conseguir para 2020 un ahorro de energía primaria del 20% vinculante para todos los países.
El potencial de ahorro en el sector residencial es muy alto, dado el lamentable modelo edificatorio que hemos sufrido en España. Podríamos estimar que un edificio construido en el 2009 consume un 40% menos de energía que el edificio medio estándar anterior. Y uno construido después de 2014 en el que se modificó la normativa en 2013 hasta un 60 % menos. (Normativa del la Directiva 2002/91/UE aprobada en 2006 con aplicación de 2 años de retardo).

Por ejemplo en la comunidad de Madrid hasta la fecha un 79% de los 230.000 certificados energéticos emitidos tienen una calificación muy baja, entre la E y la G y tan solo un 21% entre la A y D.

Existen líneas de ayudas para rehabilitaciones energéticas de edificios, pero la dificultad de aunar voluntades en las comunidades de vecinos dificultan su aplicación, a pesar de las fuertes líneas de ayudas existentes.

Sin embargo los planes renove han generado efectos favorables y un éxito en su aplicación ya que produce los siguientes efectos:

  • Se genera actividad económica en los distintos sectores relacionados tanto en productos , fabricantes, comerciantes, instaladores etc. Tan solo en la comunidad de Madrid desde el año 2006 , con una inversión publica de 115 Millones de Euros, se han logrado  más de 689 Millones de Euros correspondientes a las facturas emitidas. Con su correspondiente mantenimiento y/o generación de puestos de trabajo, así como la recaudación de IVA correspondiente e impuestos generados de las empresas participes.

  • Ahorro Energético, logrando así por un lado reducir las emisiones de CO2, bajar la dependencia energética  y penalizaciones por el exceso de emisiones que paga nuestro país.

  • Mejora de la seguridad de las instalaciones

  • Se fomenta un cambio de mentalidad por el pro y el avance en cuanto a los productos con prestaciones de alta eficiencia, lo que implica a las empresas a mejorar sus productos (inversión en I+D).

  • Se mejora el confort de nuestros hogares y se reduce su factura energética con el correspondiente aumento en la renta disponible para otros bienes de consumo, ya que la mayoría de los productos beneficiarios de la ayuda, tienen un plazo de amortización de entre 3 y 6 años.




 







martes, 3 de marzo de 2015

ETIQUETA ENERGÉTICA DE LA VENTANA

Desde los inicios de la actividad, ventanas Recar, siempre  a defendido la creación de algún elemento que clasifique las ventanas desde el punto de vista de la eficiencia energética. Así lo venimos haciendo desde nuestros inicios a nivel privado. Finalmente aglutinando conocimientos y esfuerzos de muchos fabricantes. En el año 2105 sale a la  luz la primera etiqueta energética de ventanas con unas directrices consensuadas por el sector y distintos agentes de la administración pública. Desde el centro de producción de Ventanas Recar, Pvcmadrid, se viene integrando esta etiqueta desde ese mismo año a todas y cada una de las ventanas fabricadas. Dejando así un elemento de control para el usuario final.
Adjuntamos grafico descriptivo de campos de esta etiqueta:


martes, 24 de febrero de 2015

SE FIRMA EL CONVENIO DE EL PLAN RENOVE DE VENTANAS MADRID 2015

La firma de dos convenios entre la Consejería de Economía y Hacienda, la Fundación de la Energía, la Asociación de Ventanas de PVC (ASOVEN) y la Asociación de Fabricantes de Lanas Minerales Aislantes (AFELMA) va a permitir que se lleve a cabo el Plan Renove de Ventanas de PVC y el Plan Renove de lana mineral insuflada en fachadas de viviendas, para lo que se destinarán 1,1 millones de euros.
El objetivo del Plan Renove de Ventanas de PVC es el ahorro energético y la mejora del aislamiento térmico de los edificios de la región a través de ayudas para la sustitución de las ventanas existentes por otras de PVC con aislamiento térmico reforzado y rotura de puente térmico. Para el Plan Renove de Ventanas la Comunidad destinará 600.000 euros, a los que se sumará una cantidad similar que aportará el sector de fabricante de estas ventanas a través de ASOVEN.

El presupuesto del Plan superará el millón de euros. Así, se ofrecerá una ayuda de 110 euros por metro cuadrado de acristalamiento instalado, lo que supondrá la realización de 1.400 actuaciones. Desde el año 2012, en la Comunidad se han realizado 2.230 actuaciones sobre ventanas. Las ventanas de PVC con dobles acristalamientos de aislamiento térmico reforzado permiten reducir las pérdidas de calefacción y aire acondicionado y mejorar el confort térmico de los edificios.